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Descienden los dos últimos clasificados y el peor dieciseisavo. Al finalizar la temporada ascendio el CEF Bosc de Tosca, sin embargo, el Sant Jaume de Llierca alegó que no debió ascender al ser filial de la UE Hostalets d'en Bas, filialidad a la que se dio fin al tener el Bosc de Tosca posibilidades de ascender. Tras disputarse la promoción de ascenso y no ascender, el Comité Catalán de Disciplina Deportiva le dio la razón al Sant Jaume de Llierca y le concedió el ascenso en detrimiento del Bosc de Tosca (28/08/1995). Sin embargo, el Bosc de Tosca recurrió y el CCDD le dio la razón, concediendo el ascenso también a este equipo (07/09/1995)
Cumplió el condicionante para conservar la categoría.
Columna Ant
En la temporada anterior compite en la categoría inmediatamente inferior.
Columna Pos
Plaza de ascenso directo.
Plaza de descenso directo.
Plaza para disputar una fase de ascenso o el ascenso está condicionado a un motivo.
Plaza para disputar una fase de permanencia o la permanencia está condicionada a un motivo.
Columna Equipo
En la temporada siguiente compite en la categoría inmediatamente superior.
En la temporada siguiente compite en la categoría inmediatamente inferior.
Si el equipo tiene vinculado un terreno de juego el mapa muestra su ubicación (marcador verde).
En caso contrario se muestra un punto céntrico de la localidad donde tiene el domicilio social su sociedad (marcador rojo).